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miércoles, 25 de abril de 2012

El Gobierno endurece los requisitos para poder acceder al Sistema Público de Salud

 

Los inmigrantes ilegales y los extranjeros centran en gran parte la ley urgente publicada ayer en el «BOE»


Los españoles que cobren sueldo o pensión contributiva tendrán que pagar porcentualmente no solo por los fármacos, sino por las ortoprótesis, así como por el transporte sanitario no urgente, aquel que traslada al hospital a enfermos que van a la diálisis, a medir qué dosis de anticoagulante necesitan o a recibir quimio o radioterapia.
El Real Decreto-ley 16/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la calidad y seguridad de sus prestaciones -este es su nombre completo- se publicó ayer en el BOE y supone más sorpresas de las esperadas. Estos son los aspectos principales de la nueva normativa, que en muchos sentidos tiene que ser desarrollada en el futuro.
Porcentajes en el pago de fármacos. Es la medida más explicada hasta el momento y relaciona el pago de un medicamento a la renta y no a la situación administrativa del paciente [ver gráfico]. Los porcentajes de copago de los usuarios son importantes en tanto se mantendrán a la hora de pagar ortoprótesis y transporte sanitario no urgente.
Fármacos fuera del sistema. Algunos fármacos no entrarán en el sistema y por tanto quienes los compren, sea cual sea su situación, tendrán que abonar el cien por cien de su precio. Aún no hay un listado de qué fármacos estarán en este grupo, pero en el decreto se habla por ejemplo de aquellos que se pueden comprar sin receta (antitusivos o gotas para los ojos, entre otros) o que estén indicado para síntomas menores (antidiarreicos o algunos analgésicos de uso cotidiano).
Ortoprótesis de pago. El ministerio ha dejado claro que las prótesis que se coloquen en un quirófano corren a cargo de la Administración. Otra cosa son las que se adquieren en farmacias o tiendas especializadas. Aquí hay nuevamente inconcreción a la espera de un listado futuro: es seguro que afecta a férulas, corsés, muletas y otros artilugios de apoyo que se ponen en un miembro afectado y que se llaman ortesis; lo que no se niega es que también entren las prótesis, es decir, aquellas que se ponen cuando falta un miembro, y que hasta ahora son cien por cien gratuitas para el usuario (suelen costar miles de euros). El paciente pagará en la misma proporción que los fármacos -lo habitual será el 10, 40 o 50 %- del precio final, sin topes máximos como ocurre con los medicamentos, y hay que tener en cuenta que, si bien muchas ortesis cuestan 10 euros, otras superan ampliamente los 500 euros. Hasta ahora las aportaciones de los usuarios son de 0 a 30 euros como máximo (36 euros en el caso de zapato ortopédico) sin considerar la condición económica del usuario. Lo mismo ocurre con los productos dietéticos.
Transporte no urgente. Es junto con el punto anterior una de las grandes sorpresas del real decreto. Según indica, el transporte no urgente tendrá que ser abonado -nuevamente según el mismo porcentaje que los fármacos- por el usuario en función de su renta. Utilizan habitualmente este transporte las personas que viven lejos del hospital y acuden al mismo para someterse a diálisis, recibir quimio o radioterapia, o controlar sus niveles para el popular Sintrom. Lo que no dice el decreto es cuánto costará el servicio, un asunto que deberá dilucidar la comisión entre el ministerio y las consejerías en el futuro.

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