martes, 17 de abril de 2012

Situación social y laboral (continua del artículo anterior) >El certificado de discapacidad (minusvalía) El certificado de discapacidad acredita la condición legal de persona con discapacidad y se certifica a través de una valoración de la administración autonómica. La discapacidad se reconoce a partir de un grado del 33%. Para solicitar este certificado, los interesados deben acudir al Centro Base correspondiente. ¿Qué beneficios se obtienen al gestionarlo? El certificado de discapacidad nos puede otorgar ciertos derechos, que varían en función del porcentaje certificado. - Acceso a formación y recursos residenciales. - Derecho a solicitar viviendas de protección pública especiales para personas con discapacidad. - Derecho a solicitar ayudas para adaptar nuestra vivienda. - Descuentos en transporte. - Desgravaciones fiscales en la declaración de la renta. - Programas y servicios especiales de salud. - Ayudas para formación y empleo. - Reducciones de impuestos. - Acceso a pensión no contributiva. - Tarjeta especial de aparcamiento (sólo para personas con movilidad reducida) Cabe destacar que el certificado de discapacidad no tiene relación con otros procesos; como el de incapacitación laborar o los procesos de valoración de grado y nivel de dependencia. >La asignación económica por hijo a cargo Es una prestación familiar no contributiva reconocida por cada hijo a cargo del beneficiario, menor de 18 años o mayor afectado de una discapacidad igual o superior al 65%. ¿Cómo se tramita? La solicitud se realizar en cualquier Centro de Atención e Información de la Seguridad Social; por lo que el reconocimiento del derecho a la asignación económica corresponde al Instituto Nacional de Seguridad Social


http://www.fedace.org/portal/index.php/component/content/article/85-orientacion-a-familias/270-tramites-y-gestiones-ii.html

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